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Licencia de demolición en CDMX

Demoler en la Ciudad de México requiere, por regla general, una licencia de construcción especial para demolición. Estas son las excepciones, los requisitos y lo que conviene resolver antes de contratar la maquinaria.

Ramón CisnerosGestor de trámites desde 2007Revisado el 25 de octubre de 20268 min de lectura
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  1. Respuesta corta
  2. Requisitos de la licencia de demolición
  3. Inmuebles patrimoniales y casas antiguas
  4. ¿Cuánto cuesta la licencia de demolición en CDMX en 2026?
  5. ¿Cuánto tarda y cuánto dura la licencia de demolición?
  6. Demoler para construir
  7. Demoler sin licencia
  8. Cómo te ayuda Corporativo Urbanus
  9. Preguntas frecuentes

Respuesta corta

  • El permiso de demolición en CDMX es la licencia de construcción especial en modalidad de demolición; se solicita en la Plataforma Digital ante la alcaldía (Reglamento de Construcciones, arts. 55 y 57, fracc. IV).
  • No se requiere licencia para demoler hasta 60 m² en una edificación de un solo piso sin afectar la estabilidad del resto, salvo en inmuebles con valor patrimonial o en Áreas de Conservación Patrimonial (art. 62, fracc. VI); en ese caso basta dar aviso por la Plataforma Digital.
  • Las demoliciones de más de 60 m² en planta baja, o de un cuarto de más de 16 m² en otro nivel, requieren responsiva de Director Responsable de Obra o corresponsable (art. 237).
  • La licencia de demolición tiene una vigencia de hasta dos años (art. 60) y la alcaldía debe expedirla en un máximo de 24 horas desde el día hábil siguiente a la solicitud, salvo casos que requieren opinión de otras dependencias (art. 59).
  • En inmuebles patrimoniales o en zonas de monumentos se necesita antes la autorización federal (INAH o INBAL, según el caso) y el dictamen técnico favorable de la Secretaría de Desarrollo Urbano (art. 238).

Requisitos de la licencia de demolición

Según el artículo 58, fracción IV, del Reglamento se ingresa por la Plataforma Digital:

  1. Solicitud con datos del interesado, ubicación y características de la obra, y datos y firma del Director Responsable de Obra y corresponsables.
  2. Documento que acredite la propiedad del inmueble.
  3. Comprobante de pago de derechos.
  4. Constancia de alineamiento y número oficial vigente.
  5. Primeras hojas del libro de bitácora de obra foliado.
  6. Responsiva del Director Responsable de Obra y corresponsables, en su caso.
  7. Memoria descriptiva del procedimiento de demolición y el sitio de disposición del material, firmada por el Director Responsable de Obra y el Corresponsable en Seguridad Estructural, en su caso.
  8. Medidas de protección a colindancias.
  9. En su caso, el programa de demolición por etapas con volúmenes y fechas (art. 236) y las autorizaciones para inmuebles patrimoniales (art. 238).

Además se debe cumplir la Ley de Residuos Sólidos y las normas ambientales; las fichas de las alcaldías piden el acuse de la declaratoria ambiental ante la Secretaría del Medio Ambiente.

Inmuebles patrimoniales y casas antiguas

Si el inmueble está en una zona de monumentos, es afecto al patrimonio cultural urbano o se ubica en un Área de Conservación Patrimonial, antes de la licencia se requiere la autorización de la autoridad federal que corresponda (visto bueno del INBAL o licencia del INAH, según su competencia) y el dictamen técnico favorable de la Secretaría de Desarrollo Urbano, siempre con Director Responsable de Obra y corresponsables. Metrópolis ofrece sin costo la opinión técnica de factibilidad de demolición para estos inmuebles.

¿Cuánto cuesta la licencia de demolición en CDMX en 2026?

Respuesta directa: en 2026 los derechos de la licencia de demolición en la Ciudad de México son de $23 por cada m² de superficie cubierta, sumando cada piso o planta (Código Fiscal de la Ciudad de México, art. 186, fracción VII, cuotas vigentes desde el 1 de enero de 2026). Una casa de dos plantas de 70 m² cada una paga $3,220. No incluye honorarios.

«VII. Demoliciones por la superficie cubierta, computando cada piso o planta, por cada m2 … $23.00». Código Fiscal de la Ciudad de México, art. 186 (reforma de cuotas publicada en la Gaceta Oficial de la CDMX el 19 de diciembre de 2025).

Ejemplos de derechos de demolición, vigentes al 25 de octubre de 2026
CasoCálculoDerechos
Casa de un piso, 100 m²100 m² × $23$2,300
Casa de dos plantas, 70 m² cada una140 m² × $23$3,220
Edificio de tres niveles, 200 m² por nivel600 m² × $23$13,800
Prórroga de la licencia10% de los derechos de expedición$322 sobre $3,220
Excavación de más de 1 m que no forma parte de una manifestación B o COtra modalidad de licencia especial (art. 57, fr. V): $157 por m³ (art. 186, fr. III)Según el volumen

La demolición de hasta 60 m² en una edificación de un solo piso no paga licencia porque solo requiere aviso (art. 62, fr. VI del Reglamento). Los derechos se autodeterminan (art. 56 del Reglamento) y se pagan con línea de captura; la ficha oficial dice «costo variable» porque cada modalidad tiene su propia cuota (ver derechos de todas las modalidades de licencia de construcción especial). Aparte se cotizan los honorarios del Director Responsable de Obra, del corresponsable y de la gestión, según el caso.

¿Cuánto tarda y cuánto dura la licencia de demolición?

Respuesta directa: el Reglamento de Construcciones fija 24 horas desde el día hábil siguiente a la solicitud completa, con afirmativa ficta (art. 59), y una vigencia de hasta dos años para demoliciones (art. 60, fr. III). La ficha oficial de cdmx.gob.mx, con última actualización del 17 de enero de 2022, todavía indica 30 días hábiles y negativa ficta.

Plazos de la licencia de demolición según cada fuente oficial (consultadas el 25 de octubre de 2026)
DatoReglamento de Construcciones (texto vigente)Ficha oficial 455 de cdmx.gob.mx (actualizada el 17-ene-2022)
Plazo de respuesta24 horas desde el día hábil siguiente a la solicitud (art. 59)30 días hábiles
Si la autoridad no respondeAfirmativa ficta, salvo suelo de conservación e instalaciones subterráneas o aéreas (art. 59)Negativa ficta
VigenciaHasta dos años para demoliciones (art. 60, fr. III)3 meses (dato general de la ficha para todas las modalidades)
RevalidaciónAviso de revalidación dentro de los 15 días hábiles anteriores al vencimiento (art. 64)Hasta dos revalidaciones, dentro de los 15 días hábiles anteriores al vencimiento, con responsivas de los mismos profesionales

Cuando dos fuentes oficiales no coinciden, conviene planear con el escenario más conservador: no programar maquinaria ni retiro de cascajo hasta tener la licencia expedida y anotada en el carnet del Director Responsable de Obra, y calendarizar la revalidación antes del vencimiento. Si después vas a construir, el siguiente trámite es la manifestación de construcción.

Demoler para construir

La licencia de demolición no autoriza la obra nueva. Si después vas a construir, necesitas el registro de manifestación de construcción que corresponda. Conviene planear los dos trámites juntos para no detener el proyecto entre una etapa y otra.

Demoler sin licencia

La obra puede ser suspendida o clausurada y el artículo 253 del Reglamento prevé multa del 5% al 10% del valor de las construcciones cuando se realizan obras sin la licencia de construcción especial respectiva. Si ya te pusieron sellos, revisa qué hacer ante una clausura de obra.

Cómo te ayuda Corporativo Urbanus

  1. Revisamos si tu demolición requiere licencia, aviso o autorizaciones patrimoniales previas.
  2. Tramitamos el alineamiento y número oficial y reunimos la documentación de propiedad.
  3. Coordinamos con el Director Responsable de Obra y el Corresponsable en Seguridad Estructural la memoria, el programa y las medidas a colindancias.
  4. Ingresamos la licencia y, si sigue una obra nueva, preparamos en paralelo la manifestación de construcción.

Corporativo Urbanus es la gestoría de trámites de construcción de Ramón Cisneros, gestor de trámites de inmuebles y obras en la Ciudad de México desde 2007. No prometemos resultados ni plazos que dependen de la autoridad: primero revisamos el caso y te decimos qué ruta vemos y qué alcance cotizamos.

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Preguntas frecuentes

¿Necesito permiso para demoler una casa en CDMX?

Sí, si la demolición supera 60 m² o la edificación tiene más de un piso: se requiere licencia de construcción especial para demolición. Hasta 60 m² en un solo piso, sin afectar la estabilidad del resto y fuera de inmuebles patrimoniales, basta dar aviso por la Plataforma Digital (art. 62).

¿Cuánto cuesta la licencia de demolición en CDMX en 2026?

Los derechos son de $23 por m² de superficie cubierta, sumando cada piso o planta (Código Fiscal de la Ciudad de México, art. 186, fr. VII). Ejemplo: una casa de dos plantas de 70 m² cada una paga $3,220. La prórroga cuesta el 10% de esos derechos. Los honorarios del Director Responsable de Obra y de la gestión se cotizan aparte.

¿Cuánto dura la licencia de demolición?

Hasta dos años, conforme al artículo 60 del Reglamento de Construcciones. Si la demolición no termina en ese plazo, se solicita la revalidación.

¿Cuánto tarda en salir la licencia de demolición?

El artículo 59 fija un plazo máximo de 24 horas a partir del día hábil siguiente a la solicitud completa, salvo casos que requieren opinión de otras dependencias, como los inmuebles patrimoniales.

¿Quién firma la demolición?

Un Director Responsable de Obra, y en su caso el Corresponsable en Seguridad Estructural, cuando se demuelen más de 60 m² en planta baja o un cuarto de más de 16 m² en otro nivel (art. 237), y siempre en inmuebles patrimoniales (art. 238).

¿Se puede demoler con explosivos en CDMX?

Solo con permiso de la Secretaría de la Defensa Nacional (art. 236 del Reglamento). El programa de demolición debe señalar los días y horas de las explosiones, que aprueba la autoridad, y esta avisa a los vecinos con al menos tres días naturales de anticipación (art. 240).

¿Qué hago con el cascajo?

La solicitud debe indicar el sitio de disposición del material producto de la demolición, y la obra debe cumplir la Ley de Residuos Sólidos y las normas ambientales aplicables.

Fuentes oficiales

  1. PAOT: Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal (texto vigente)
  2. Código Fiscal de la Ciudad de México, art. 186: derechos de la licencia de construcción especial (cuotas 2026; última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la CDMX el 19-dic-2025). Compilación oficial de códigos de la Consejería Jurídica
  3. Ficha oficial: Licencia de Construcción Especial, revalidación y aviso de terminación de obra
  4. Alcaldía Iztapalapa: requisitos de licencia de construcción especial (incluye demoliciones mayores de 60 m²)
  5. Metrópolis (antes SEDUVI): tabla oficial de trámites y costos
  6. Ventanilla Única de Construcción de la CDMX (Llave CDMX)

Información general con fuentes oficiales consultadas el 25 de octubre de 2026. No sustituye una revisión técnica o jurídica del caso. Los requisitos, montos y criterios pueden cambiar.

Ramón Cisneros

Gestor de trámites de obra, inmuebles y negocios en CDMX · Corporativo Urbanus

Gestor de trámites de obras, inmuebles y negocios en la Ciudad de México desde 2007. Escribe y revisa estas páginas con fuentes oficiales para que sepas qué pedir, en qué orden y qué esperar de la autoridad.

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