Respuesta corta
- No retires, cubras ni rompas los sellos y no reanudes los trabajos: el quebrantamiento de sellos es un delito (Código Penal para el Distrito Federal, art. 286).
- Reúne la orden de visita, el acta de verificación y la resolución, y anota la fecha de notificación: desde ahí corren los plazos.
- Para impugnar hay 15 días hábiles: recurso de inconformidad ante la autoridad (Ley de Procedimiento Administrativo, art. 109) o juicio de nulidad ante el Tribunal de Justicia Administrativa (Ley de Justicia Administrativa, art. 56). No es obligatorio agotar el recurso antes del juicio.
- Construir sin registro se sanciona con multa del 5% al 10% del valor de la construcción, según avalúo (Reglamento de Construcciones, art. 253).
- Si la obra cumple con la normativa, puede regularizarse con el registro de obra ejecutada y después solicitarse el levantamiento de los sellos.
Por qué suelen suspender o clausurar una obra
- Obra sin registro de manifestación de construcción o licencia, o que no coincide con lo registrado.
- Uso de suelo, niveles o superficie que no corresponden a la zonificación.
- Falta de Director Responsable de Obra o corresponsables cuando se requieren.
- Demoliciones o excavaciones sin licencia de construcción especial.
- Riesgos para vecinos o para la vía pública.
Los pasos para salir de una clausura
- Diagnóstico del expediente: quién ordenó la medida (alcaldía o INVEA), por qué y si es suspensión o clausura.
- Decidir la defensa a tiempo: el abogado revisa si la orden, el acta o la resolución tienen vicios y si conviene recurso o juicio dentro de los 15 días hábiles.
- Regularizar lo que falte: manifestación, registro de obra ejecutada, uso de suelo o responsivas.
- Pagar la multa, si procede, con línea de captura ante la autoridad fiscal, nunca en efectivo a verificadores o intermediarios.
- Solicitar el levantamiento por escrito ante la autoridad que ordenó la medida y dar seguimiento hasta la diligencia de retiro de sellos.
Si el caso ya requiere defensa legal
La impugnación (recurso de inconformidad o juicio de nulidad) la presenta un abogado. Si buscas asesoría legal directa, estas abogadas independientes en la CDMX explican el tema en sus sitios: Lic. Luz Cisneros Saldívar, sellos y suspensión de obra y qué hacer si sellan tu obra; Lic. Rosalía Rodríguez (R&R Legal Abogados), levantamiento de sellos y juicio de nulidad.
Cuidado con las ofertas de "quitar sellos rápido"
Solo la autoridad competente retira los sellos, mediante diligencia. Desconfía de quien ofrezca retirarlos a cambio de dinero en efectivo o con documentos que no puedas verificar.
Cómo te ayuda Corporativo Urbanus
- Revisamos la orden, el acta y la resolución y calculamos los plazos de defensa.
- Nuestro abogado define si conviene recurso de inconformidad, juicio de nulidad o ambos frentes con la regularización.
- Gestionamos la regularización: registro de obra ejecutada, manifestación o uso de suelo.
- Solicitamos el levantamiento y damos seguimiento hasta el retiro de sellos.
Corporativo Urbanus es la gestoría de Ramón Cisneros, con 20 años de experiencia en trámites de inmuebles y obras en la Ciudad de México. No prometemos resultados ni plazos que dependen de la autoridad: primero revisamos el caso y te decimos qué ruta vemos y qué alcance cotizamos.
Trámites relacionados
Fuentes oficiales
- Código Penal para el Distrito Federal (art. 286, quebrantamiento de sellos)
- Consejería Jurídica CDMX: recurso de inconformidad (arts. 108 y 109 de la Ley de Procedimiento Administrativo)
- Tribunal de Justicia Administrativa CDMX: Ley de Justicia Administrativa (art. 56)
- PAOT: Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal (texto vigente)
- Ficha oficial: Registro de Obra Ejecutada
Información general con fuentes oficiales consultadas el 18 de octubre de 2026. No sustituye una revisión técnica o jurídica del caso. Los requisitos, montos y criterios pueden cambiar.
¿Te pusieron sellos en la obra?
Escríbenos la alcaldía, la fecha en que te notificaron y qué autoridad fue. Los plazos son cortos.
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