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Constancia de seguridad estructural en CDMX

Qué es, qué edificios deben registrarla, quién la firma, cuánto cuesta y cada cuánto se renueva, con el Reglamento de Construcciones y las fichas oficiales del trámite.

Ramón CisnerosGestor de trámites desde 2007Revisado el 26 de octubre de 20267 min de lectura
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  1. Respuesta corta
  2. ¿Qué es la constancia de seguridad estructural?
  3. ¿Qué inmuebles la necesitan? Grupo A y Subgrupo B1
  4. Requisitos para registrarla
  5. Costo, plazo y vigencia
  6. ¿Quién firma la constancia?
  7. Constancia, dictamen de estabilidad y visto bueno: no son lo mismo
  8. Después de un sismo
  9. Cómo te ayuda Corporativo Urbanus
  10. Preguntas frecuentes

Respuesta corta

  • La constancia de seguridad estructural (en el Reglamento, Constancia de Verificación de Seguridad Estructural) es el documento en que un Corresponsable en Seguridad Estructural hace constar que un edificio del Grupo A o del Subgrupo B1 cumple los Lineamientos Técnicos. Se registra ante la alcaldía, no tiene costo y se renueva cada cinco años (arts. 71 y 71 Bis).
  • La necesitan escuelas, hospitales, estadios, salas para más de 1,000 personas y edificios de más de 30 m de altura o 6,000 m² (o de 15 m y 3,000 m² en la zona geotécnica III), entre otros (art. 139).
  • Además de cada cinco años, se renueva después de un sismo que rebase 90 cm/s² en la estación SCT, cuando la autoridad lo ordene o si se modifican elementos estructurales.
  • Se presenta con el aviso de terminación de obra y acompaña al Visto Bueno de Seguridad y Operación de esos inmuebles (arts. 5 Bis y 68).

¿Qué es la constancia de seguridad estructural?

El Reglamento de Construcciones la define como "el documento que firma el Corresponsable en Seguridad Estructural donde se demuestra que la estructura del edificio cumple con lo establecido en los Lineamientos Técnicos" (art. 2, fr. XXXVII). Debe basarse en inspecciones oculares exhaustivas, estudios analíticos y de campo, los daños, la antigüedad y la zona geotécnica del edificio (art. 71).

Las fichas de trámite la llaman Registro de Constancia de Seguridad Estructural. Si la verificación concluye que el edificio no cumple, debe rehabilitarse (reforzarse, repararse o recimentarse) antes de emitirla.

¿Qué inmuebles la necesitan? Grupo A y Subgrupo B1

Clasificación del artículo 139 del Reglamento de Construcciones (vigente al 26 de octubre de 2026; última reforma publicada el 4 de octubre de 2024)
GrupoEjemplos que da el Reglamento¿Necesita constancia?
A1Hospitales, aeropuertos, terminales y estaciones de transporte, estaciones de bomberos, centrales telefónicas, estaciones de radio y televisión, tanques y sistemas de agua potable, puentes vehiculares; depósitos de sustancias tóxicas, inflamables o explosivasSí
A2Estadios, salas de reuniones, templos y auditorios para más de 1,000 personas; escuelas de preescolar, primaria y secundaria; museos, monumentos y archivos o registros públicosSí
B1Edificios de más de 30 m de altura o más de 6,000 m² en las zonas geotécnicas I y II; de más de 15 m o más de 3,000 m² en la zona III; anexos de hospitales, aeropuertos o terminales, y edificios de educación media superior y superiorSí
B (resto)Viviendas, oficinas, locales, hoteles e industria que no entran en los supuestos anterioresNo por el artículo 71, salvo que la autoridad lo determine

Las áreas se cuentan por cada cuerpo de edificio con medios propios de desalojo, incluidos sus anexos (art. 139). Una casa habitación común es Grupo B y no requiere esta constancia.

Requisitos para registrarla

Según la ficha oficial de Metrópolis (antes SEDUVI) y la de la alcaldía Iztapalapa:

  1. Formato de solicitud de la alcaldía (o de Metrópolis), debidamente llenado.
  2. Identificación oficial y, si actúa un representante, el documento que acredite la personalidad (acta constitutiva, poder notarial o carta poder).
  3. La constancia del Corresponsable en Seguridad Estructural, con su responsiva de que la construcción está en condiciones adecuadas de seguridad.
  4. El carnet vigente del Corresponsable en Seguridad Estructural.
  5. En algunas alcaldías, además, la memoria de cálculo y el documento que acredite la propiedad o posesión.

Para la renovación se agrega la constancia anterior en original. El trámite lo presenta el propietario, poseedor o representante legal.

Costo, plazo y vigencia

Datos de las fichas oficiales (vigente al 26 de octubre de 2026)
ConceptoDato oficialFuente
Costo del registroSin costoFichas de Metrópolis (700), Cuauhtémoc (465) e Iztapalapa
Tiempo de respuestaInmediato en Iztapalapa; 5 días hábiles en la ficha de CuauhtémocFichas de cada alcaldía
Vigencia5 años; antes, si hay un sismo que rebase 90 cm/s² en la estación SCT, si se modifican elementos estructurales o si la autoridad lo determinaArt. 71 Bis y fichas
Afirmativa o negativa fictaNo aplicaFichas 465 e Iztapalapa
DóndeVentanilla Única de Trámites de la alcaldía; si el predio está en dos o más alcaldías, en MetrópolisFicha de Iztapalapa

El registro es gratuito, pero la verificación del Corresponsable en Seguridad Estructural y los estudios que requiera el edificio sí tienen costo, porque son servicios profesionales.

¿Quién firma la constancia?

Un Corresponsable en Seguridad Estructural con registro vigente. Su autorización, registro y nivel los otorga el Instituto para la Seguridad de las Construcciones (art. 36). Puedes verificar su registro en el Sistema DRO de Metrópolis antes de contratarlo. El Director Responsable de Obra no la sustituye: firma otras responsivas, como el Visto Bueno de Seguridad y Operación.

Una gestoría no firma la constancia: integra el expediente, coordina al corresponsable y la presenta ante la autoridad.

Constancia, dictamen de estabilidad y visto bueno: no son lo mismo

  • Constancia de seguridad estructural: periódica, para edificios del Grupo A y Subgrupo B1 (arts. 71 y 71 Bis).
  • Dictamen técnico de estabilidad y seguridad estructural: lo emite el Corresponsable cuando una edificación presenta daños o cuando se modifican elementos estructurales (arts. 179 y 233), conforme a las Normas Técnicas Complementarias de revisión y rehabilitación estructural.
  • Visto Bueno de Seguridad y Operación: sobre las instalaciones y la operación del inmueble; en Grupo A y Subgrupo B1 debe acompañarse de la constancia vigente (art. 68).
  • Programa Interno de Protección Civil: plan de prevención del establecimiento, que puede pedir la constancia entre sus anexos.

Después de un sismo

Si el sismo rebasa los 90 cm/s² en la estación acelerométrica SCT (zona III) o la autoridad lo determina, la obligación de renovar se publica en la Gaceta Oficial (art. 71 Bis). El Corresponsable hace la evaluación postsísmica y clasifica el daño: con daño nulo, notifica que la constancia vigente sigue siendo válida; con daño ligero o moderado, indica la rehabilitación y sus plazos; con daño grave, indica desocupar total o parcialmente y rehabilitar (art. 71 Ter).

Cómo te ayuda Corporativo Urbanus

  1. Revisamos el inmueble (uso, altura, superficie y zona) para confirmar si es Grupo A o Subgrupo B1 y si la constancia está vigente.
  2. Coordinamos a un Corresponsable en Seguridad Estructural con registro vigente y los estudios que pida.
  3. Integramos el formato de la alcaldía con sus anexos, lo ingresamos y conservamos contigo el registro para verificaciones.
  4. La conectamos con el aviso de terminación de obra, el visto bueno y el Programa Interno de Protección Civil, y te recordamos la renovación.

Corporativo Urbanus es la gestoría de trámites de construcción de Ramón Cisneros, gestor de trámites de inmuebles y obras en la Ciudad de México desde 2007. No prometemos resultados ni plazos que dependen de la autoridad: primero revisamos el caso y te decimos qué ruta vemos y qué alcance cotizamos.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es la constancia de seguridad estructural?

Es el documento en que un Corresponsable en Seguridad Estructural hace constar que un edificio del Grupo A o Subgrupo B1 cumple los Lineamientos Técnicos de seguridad estructural. Se registra ante la alcaldía (arts. 2 y 71 del Reglamento de Construcciones).

¿Cada cuánto se renueva la constancia de seguridad estructural?

Cada cinco años. También antes, después de un sismo que rebase 90 cm/s² en la estación SCT, si se modifican elementos estructurales o cuando la autoridad lo determine (art. 71 Bis).

¿Cuánto cuesta la constancia de seguridad estructural?

El registro ante la alcaldía no tiene costo, según las fichas oficiales. Lo que se paga son los servicios del Corresponsable en Seguridad Estructural y los estudios que requiera el edificio.

¿Mi casa necesita constancia de seguridad estructural?

Por regla general, no. Una casa habitación común es Grupo B. La constancia es obligatoria para el Grupo A (escuelas, hospitales, auditorios para más de 1,000 personas, entre otros) y el Subgrupo B1 (edificios altos o de gran superficie) del artículo 139.

¿Quién firma la constancia de seguridad estructural?

Un Corresponsable en Seguridad Estructural con registro vigente ante el Instituto para la Seguridad de las Construcciones. El Director Responsable de Obra no la sustituye.

¿Dónde se tramita?

En la Ventanilla Única de Trámites de la alcaldía donde está el inmueble. Si el predio está en dos o más alcaldías, ante Metrópolis (antes SEDUVI).

Fuentes oficiales

  1. PAOT: Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal (texto vigente)
  2. Instituto para la Seguridad de las Construcciones: marco normativo (Reglamento de Construcciones, última reforma 4-oct-2024)
  3. Ficha oficial: Registro de Constancia de Seguridad Estructural y renovación (Metrópolis, antes SEDUVI)
  4. Ficha oficial: Constancia de Seguridad Estructural, renovación (Alcaldía Cuauhtémoc)
  5. Alcaldía Iztapalapa: Registro de Constancia de Seguridad Estructural (requisitos, costo, vigencia y fundamento)
  6. Metrópolis (antes SEDUVI): Sistema DRO, consulta gratuita de Directores Responsables de Obra y Corresponsables
  7. Instituto para la Seguridad de las Construcciones: obtención del registro de DRO y Corresponsable

Información general con fuentes oficiales consultadas el 26 de octubre de 2026. No sustituye una revisión técnica o jurídica del caso. Los requisitos, montos y criterios pueden cambiar.

Ramón Cisneros

Gestor de trámites de obra, inmuebles y negocios en CDMX · Corporativo Urbanus

Gestor de trámites de obras, inmuebles y negocios en la Ciudad de México desde 2007. Escribe y revisa estas páginas con fuentes oficiales para que sepas qué pedir, en qué orden y qué esperar de la autoridad.

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